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时间:2010-07-13 13:28来源:蓝天飞行翻译 作者:admin
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otras que normalmente se proveen mediante contratos de arrendamiento u otras prácticas
comerciales usuales).
vi) Cuando las limitaciones del aeropuerto impongan restricciones a la carga de pago de las aeronaves,
debería estudiarse localmente el ajuste del derecho de aterrizaje previsto en la escala de pesos, en
aquellos casos en que las restricciones sean importantes y de carácter duradero.
vii) Normalmente, los derechos de aterrizaje deberían cubrir el uso de las luces y radioayudas especiales
para el aterrizaje cuando éstas se requieren, ya que, en interés de la seguridad, no debería hacerse
desistir a los explotadores de aeronaves de utilizar las ayudas debido a la imposición de derechos
distintos por el uso de las mismas. Si se imponen derechos distintos respecto a instalaciones de este
tipo, éstos no deberían basarse en el uso opcional, sino que deberían imponerse uniformemente a
todos los aterrizajes efectuados durante períodos establecidos por el explotador del aeropuerto.
4. En Criterios y texto de orientación sobre la reglamentación económica del transporte aéreo internacional (Doc 9587) figuran otros
aspectos relativos a la conversión de divisas, la transferencia de beneficios y el pago de gastos locales.
Políticas de la OACI sobre derechos aeroportuarios
12 y por servicios de navegación aérea
Derechos de estacionamiento y derechos de hangar
35. El Consejo recomienda la aplicación de los siguientes principios al establecer los derechos de
estacionamiento y los derechos de hangar:
i) En lo posible, deberían utilizarse la masa máxima admisible de despegue o las dimensiones de la
aeronave (espacio que ocupa) y la duración de su estancia para determinar los derechos por
estacionamiento, hangares y almacenamiento a largo plazo de aeronaves.
ii) El período de estacionamiento gratuito para las aeronaves, inmediatamente a continuación del
aterrizaje, debería determinarse localmente considerando los horarios de las mismas, la disponibilidad
de espacio y otros factores pertinentes.
Derechos por servicios a los pasajeros
36. El Consejo reconoce que los ingresos devengados de los derechos por servicios a los pasajeros son
esenciales para la economía de un número importante de aeropuertos. No obstante, a menudo surgen problemas
importantes de facilitación debido a la recaudación de derechos por servicios a los pasajeros directamente del pasajero,
en particular en los grandes aeropuertos, y las dificultades derivadas de este sistema de recaudación tal vez se
agudizarán cada vez más debido al crecimiento continuo del tráfico de pasajeros y la explotación de un mayor número
de aeronaves de gran capacidad, especialmente en los edificios terminales congestionados durante las horas de
máxima actividad. Por consiguiente, el Consejo recomienda que los Estados traten de asegurarse de que la imposición
de derechos por servicios a los pasajeros no ocasione colas y retardos adicionales en los aeropuertos evitando, si fuera
pertinente, la recaudación de estos derechos de forma directa y separada del pasajero en el aeropuerto. Más
específicamente, el Consejo recomienda que cuando la recaudación de los derechos por servicios a los pasajeros
directamente de los mismos en un aeropuerto ocasione problemas de facilitación, esos derechos deberían cobrarse
más bien a los transportistas aéreos, cuando sea posible. El Consejo destaca también la necesidad de consultas entre
las entidades aeroportuarias y las líneas aéreas a nivel local con miras a aliviar los problemas relacionados con la
recaudación.
Derechos en concepto de medidas de seguridad
37. El Consejo reconoce que incumbe a los Estados asegurar la aplicación de medidas de seguridad
adecuadas en los aeropuertos, de conformidad con las disposiciones del Anexo 17 — Seguridad, al Convenio sobre
Aviación Civil Internacional de la OACI, y que los Estados pueden delegar la tarea de prestar las distintas funciones de
seguridad en organismos tales como las entidades aeroportuarias, los transportistas aéreos y la policía de la localidad.
El Consejo reconoce asimismo que los Estados pueden determinar las circunstancias y la medida en que los gastos
que supone el suministro de instalaciones y servicios de seguridad deben ser asumidos por el Estado, las autoridades
aeroportuarias u otros organismos responsables. Respecto a la recuperación de tales gastos de los usuarios, el
Consejo recomienda que se observen los siguientes principios generales:
 
中国航空网 www.aero.cn
航空翻译 www.aviation.cn
本文链接地址:国际民航组织关于机场和空中航行服务收费的政策(41)